No te quejes…¡Actúa!
Con la campaña “NO TE QUEJES, ACTÚA”, CEACCU ofrece a los consumidores herramientas para que, además de protestar, reclamen. Por ejemplo, con formularios gratuitos para demandar directamente ante el juzgado a aerolíneas, compañias eléctricas, o de telefonía.
NOVEDAD: Estos modelos son válidos para juicios verbales de cuantía hasta 2.000 euros, en lugar de los 900 contemplados hasta ahora, por la entrada en vigor de la Ley 4/2011 de Reforma de la LEC el 14 de abril.
Decálogo de los derechos de los usuarios de los medios de comunicación. |
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Con motivo del Día Mundial de los Derechos del Consumidor, la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU), publicó, en marzo de 1995, un decálogo para reivindicar los derechos de los usuarios de los medios de comunicación. Estas demandas se trasladaron a los responsables de los medios de comunicación de ámbito nacional, con especial hincapié en el caso de las televisiones. El Consejo de RTVE incorporó a sus informes, haciéndolas suyas, estas peticiones.
EL USUARIO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION TIENE DERECHO A:
"1º.- Que los medios de comunicación respondan a su función esencial de satisfacer el derecho a la información de los ciudadanos. La información es un derecho fundamental cuya titularidad corresponde a los propios ciudadanos. La información será veraz, plural y eficaz. 2º.- El usuario tiene derecho a acceder a través de los medios de comunicación a la educación y a la cultura. También tiene derecho a que los medios faciliten el diálogo social y sean promotores de los valores universales. 3º.- Que se respeten los horarios anunciados de emisión de los programas. CEACCU entiende que cualquier práctica de contraprogramación vulnera este derecho.
4º.- Que se deslinden clara y explícitamente los mensajes publicitarios, de cualquier naturaleza, del resto de los contenidos.
5º.- Los niños como público particularmente protegido por la ley, tienen derecho a que los medios de comunicación, y muy en especial la TV: respeten su intimidad, les faciliten la información necesaria para su desarrollo, y no emitan contenidos violentos accesibles para ellos.
6º.- Más en concreto, y para garantizar el "derecho a la información de los niños", tienen derecho a que las televisiones: programen sus contenidos infantiles para satisfacer esta demanda, que los programas respondan a criterios pedagógicos y que indiquen previamente el contenido y la edad para la que están dirigidos.
7º.- El usuario tiene derecho a que se rectifiquen aquellas informaciones que le afecten y considere erróneas.
8º.- Para estar en igualdad de condiciones con los emisores, el usuario tiene derecho a que se le dote de instrumentos que le permitan interpretar correctamente los mensajes de los medios de comunicación. Es necesario que se fomente la capacidad crítica de los receptores y se realicen campañas educativas.
9º.- El usuario tiene derecho a acceder y participar en los medios, en especial en los de titularidad pública.
10º.- El usuario, a través de los grupos o asociaciones en los que se integra, tiene derecho a estar representado en los órganos de control y vigilancia y a disponer de los medios humanos y materiales que les permitan ser eficaces en el cumplimiento de sus objetivos".
Para que estos derechos puedan se exigidos es necesario que existan cauces accesibles y eficaces de regulación y sanción que garanticen el disfrute efectivo de estos derechos.
Madrid, 15 de marzo de 1995
Como parte de sus Campañas Nacionales sobre Medios de Comunicación y Derechos de los Usuarios, CEACCU y sus organizaciones miembro (54 asociaciones confederadas y 1053 delegaciones locales) han realizado en los últimos años distintos informes, recomendaciones y denuncias en defensa de los usuarios de los medios de comunicación (acciones de ceaccu).
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