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No te quejes…¡Actúa!

Con la campaña “NO TE QUEJES, ACTÚA”, CEACCU ofrece a los consumidores herramientas para que, además de protestar, reclamen. Por ejemplo, con formularios gratuitos para demandar directamente ante el juzgado a aerolíneas, compañias eléctricas, o de telefonía.

NOVEDAD: Estos modelos son válidos para juicios verbales de cuantía hasta 2.000 euros, en lugar de los 900 contemplados hasta ahora, por la entrada en vigor de la Ley 4/2011 de Reforma de la LEC el 14 de abril.

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CEACCU considera “ridícula” la indemnización anunciada por Costa Cruceros

  • La compañía ha anunciado hoy que abonará 11.000 euros, más gastos, como indemnización total a los afectados por el naufragio del Costa Concordia.
  • CEACCU valora la compensación por daños morales muy inferior a la que fija la jurisprudencia para situaciones menos lesivas y aporta ejemplos: 4.300 euros por una fotodepilación insatisfactoria, 15.000 euros por los ruidos de una cafetería o 18.000 por una fotografía robada.
  • CEACCU recibe llamadas de indignación de los afectados porque la cuantía apenas cubre, a su juicio, los bienes materiales perdidos y desprecia la gravedad del drama vivido.

27 de enero de 2012

costa-concordia-800x501CEACCU ha valorado la indemnización anunciada por Costa Cruceros para los afectados por el naufragio del Costa Concordia como “ridícula” y “un desprecio al drama de los afectados”. La compañía abonará 11.000 euros más tres mil de gastos a cada viajero como compensación total, incluyendo tanto los daños materiales como morales.

Frente a esta cantidad, los servicios jurídicos de CEACCU recuerdan que “por la presumible temeridad del capitán, no son siquiera de aplicación los límites indemnizatorios fijados en los Convenios internacionales, permitiendo a los afectados formular reclamaciones sin ningún tope máximo”.

Además, y respecto al daño moral, manifiestan que “resulta evidente su ínfima cuantía para el calvario vivido si se acude a la valoración dada en otros casos por este concepto "daño moral" por nuestros Tribunales” y recuerdan algunos ejemplos:

  • La Audiencia Provincial de Almería, reconoció, en su sentencia de 13 de diciembre de 2007, 4.300 euros por daño moral por "el resultado no satisfactorio de una fotodepilación".
  • El  daño moral "por las molestias causadas por la actividad de una carnicería" fue fijado en 54.471 euros por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, en su sentencia de 21 de junio de 2004.  Y  "los ruidos procedentes de una cafetería" fueron compensados con 15.000 euros (SAP de Coruña, de 28 de mayo de 2004).
  • La Audiencia provincial de Madrid reconoció 18.000 euros por daño moral "por la publicación de unas fotografías de una famosa bañándose semidesnuda sin su consentimiento", según su sentencia del 18 de enero de 1994.
  • Más recientemente, la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 9 de febrero de 2006 estableció 5000 euros como indemnización por daño moral "como consecuencia de la inclusión indebida en un fichero de insolvencia en razón a un descubierto contencioso".

Recomendación a los viajeros

Ante esta oferta por parte de Costa Cruceros, CEACCU recomienda no firmar ningún documento de liquidación o renuncia del derecho a otras indemnizaciones y, en su caso, sólo aceptar la cantidad “a cuenta”.

En la mañana de hoy, CEACCU está recibiendo llamadas de usuarios indignados por el pacto propuesto porque la cuantía apenas cubre, a su juicio, los bienes materiales perdidos, además de no valorar la gravedad del drama vivido.

Más información

Consultas y reclamaciones: Correo-e.: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla - Tel.: 91 594 50 89 – Formulario consultas/reclamaciones
Medios: Yolanda Quintana (CEACCU prensa) – Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

 

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