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No te quejes…¡Actúa!

Con la campaña “NO TE QUEJES, ACTÚA”, CEACCU ofrece a los consumidores herramientas para que, además de protestar, reclamen. Por ejemplo, con formularios gratuitos para demandar directamente ante el juzgado a aerolíneas, compañias eléctricas, o de telefonía.

NOVEDAD: Estos modelos son válidos para juicios verbales de cuantía hasta 2.000 euros, en lugar de los 900 contemplados hasta ahora, por la entrada en vigor de la Ley 4/2011 de Reforma de la LEC el 14 de abril.

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Anteproyecto de Ley de “Transparencia”: CEACCU lamenta el acceso con condiciones a la información

Valoración de CEACCU del Anteproyecto de Ley de "Transparencia"

  • Cuestiones como el derecho a conocer las sanciones impuestas, por ejemplo, en materia de seguridad alimentaria o seguridad de los productos, o las actuaciones de control y vigilancia del mercado desarrolladas por las Administraciones competentes, son reivindicaciones históricas de CEACCU.

acceso-info-publicaA raíz de la información publicada hoy en el diario “El País”, en la que se anticipa la aprobación por el gobierno del Anteproyecto de Ley de Acceso a la Información Pública, CEACCU (Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios) realiza las siguientes valoraciones.

Sin duda se trata de una ley necesaria y esperada, que ha de poner fin al injustificable vacío legal que existía en España y que nos mantenía como uno de los pocos países democráticos de nuestro entorno sin una norma que garantizara el derecho de los ciudadanos a acceder a la información. Sin embargo, y junto a la referida dilación, cabe efectuar las siguientes objeciones preliminares:

- Mal comienza una ley de "transparencia" cuyo borrador se desconoce y que ha tenido que ser filtrado por los medios a la ciudadanía. Hace meses que desde el Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU), a instancias de CEACCU, se solicitó información sobre el estado de tramitación de esta norma y su remisión para audiencia ante los rumores existentes de su gestación, sin que hasta la fecha se haya recibido respuesta.

- Si bien es deseable el establecimiento de un procedimiento reglado para hacer efectivo el derecho, ha de tenerse presente que el principio general debe ser el de la puesta a disposición de los ciudadanos de toda la información existente sin necesidad de que sea solicitada por éstos, máxime con las facilidades que ofrecen las nuevas tecnologías de la información.

- De una primera lectura de la información avanzada, preocupa la extensión de las exclusiones previstas que superan con creces los límites recomendado por el Consejo de Europa. En el ámbito de los derechos de los consumidores y usuarios, resulta especialmente llamativa la excepción de los denominados "intereses públicos económicos o comerciales" o el "secreto en los procesos de adopción de decisiones"

- Resulta imprescindible fijar unos plazos breves para la satisfacción del derecho, puesto que una respuesta tardía vaciaría de razón con frecuencia la pretensión de conocimiento del ciudadano.

- Se valora positivamente la atribución inicial de las competencias de garantía en el ejercicio del derecho a la Agencia de Protección de Datos. No obstante, inquieta también que frente a las denegaciones que pudiera resolver la APD, el ciudadano quede forzado a recurrir al procedimiento contencioso administrativo ordinario, que requeriría por imperativo del art. 23 de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa, al menos la asistencia letrada. En este sentido, se aboga por que se permita al ciudadano la interposición del recurso contencioso sin asistencia letrada ni representación procesal que obviamente implicará costes disuasorios, mediante la cumplimentación de modelos normalizados como los ya existentes para el juicio verbal en reclamaciones de menos de 900 euros.

Más información: Y. Quintana (prensa)

Tel.: 91 5945089 / Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

 

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