ENERO/MARZO 2008
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LEY DE ORDENACION DE LA EDIFICACION
(Ley 38/1999 de 5 de noviembre)

Los edificios que se proyecten y construyan a partir de ahora estarán afectados por esta reciente Ley (entró en vigor el pasado mes de mayo) que tiene por objeto regular en sus aspectos esenciales el proceso de la edificación. La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) establece las obligaciones y responsabilidades de los agentes que intervienen en la edificación y las garantías necesarias para que la edificación se desarrolle adecuadamente.

  • Conoce los aspectos esenciales de esta Ley.
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LEY DE ORDENACION DE LA EDIFICACION
(Ley 38/1999 de 5 de noviembre)

¿Para qué una nueva Ley de la Edificación?

Esta reciente Ley, que entró en vigor el pasado mes de Mayo, tiene por objeto regular en sus aspectos esenciales el proceso de la edificación. Para ello establece:

¿Cuándo se aplicará esta Ley?

Esta Ley se aplicará al proceso de la edificación, definido, según la Ley, como "la acción y el resultado de contruir un edificio de carácter permanente, público o privado". Afectará a todas las obras que se hayan iniciado desde mayo de este año.

¿Cuáles son los requisitos básicos de calidad de los edificios que establece esta Ley?

Para garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medioambiente, los edificios deberán proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que cumplan los siguientes requisitos básicos:

1. FUNCIONALIDAD.

2. SEGURIDAD. Los edificios garantizán:

3. El edificio, en relación a la HABITABILIDAD del mismo, cumplirá los siguientes requisitos:

Para el cumplimiento de estos requisitas se establecerá en el futuro el CODIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN (conjunto de normas que establecerán las exigencias básicas de calidad, para el cumplimiento de los anteriores requisitos básicos)

 

Cómo se realiza la "aceptación legal" cuando se termina la obra del edificio

La RECEPCION DE LA OBRA "es el acto por el cual el constructor, una vez concluida ésta hace entrega de la misma al promotor y es aceptada por éste". Algunos aspectos importantes de este hecho son:

LIBRO DEL EDIFICIO

Responsabilidades y Garantías

Una de las principales novedades de esta Ley es la establecer de una manera concreta las garantías que deben darse en la edificación y definir las responsabilidades de cada uno de los agentes que intervienen en el proceso.

Los agentes de la edificación son todas las personas físicas o jurídicas (por ejemplo, empresas, cooperativas...) que intervienen en el proceso de la edificación. Son el promotor (art.9), el proyectista (art.10), el constructor (art.11), el director de obra (art.12), el director de la ejecución de obra (art.13), las entidades y los laboratorios de control de calidad de la edificación son entidades de control de calidad (art.14), los suministradores de productos (art.15) y los propietarios y los usuarios (art.16).

RESPONSABILIDADES

GARANTÍAS POR DAÑOS MATERIALES OCASIONADOS POR VICIOS O DEFECTOS EN LA CONSTRUCCIÓN

*Es obligatorio suscribir para edificios destinados a vivienda:

 

* Edificios que no sean viviendas: Mediante Real Decreto podrá establecerse la obligatoriedad de suscribir estas garantías para edificios destinados a usos distintos del de vivienda.

Los propietarios y usuarios

Esta Ley, en su art. 16, se refiere a las obligaciones y responsabilidades de los propietarios y usuarios.

Son obligaciones de los propietarios:

Son obligaciones de los usuarios sean o no propitarios, la utilización adecuada de los edificios o de parte de los mismos de conformidad con las instrucciones de uso y mantenimiento, contenidas en la documentación de la obra ejecutada.


 


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